Derecho Laboral

Enfermedad profesional: cómo se califica

Publicado 15 agosto 2026
Lectura 9 min
Por Alejandro Carvallo Santander

La enfermedad profesional es una de las contingencias cubiertas por el seguro de la Ley 16.744, junto con el accidente del trabajo. Su calificación es más compleja que la de un accidente, porque requiere establecer la relación de causalidad entre la actividad laboral y la enfermedad. Este artículo revisa el procedimiento de calificación, los derechos del trabajador, y los organismos competentes.

Si requiere orientación específica en derecho laboral, esta guía ofrece el marco general aplicable.

Qué es enfermedad profesional

El artículo 7 de la Ley 16.744 define enfermedad profesional como:

La causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o del trabajo que realiza una persona y que le produzca incapacidad o muerte. Se presume que una enfermedad es de carácter profesional cuando la ley la incluye en el listado de enfermedades profesionales, o cuando la actividad laboral es factor de riesgo determinante de la patología conforme a los criterios técnicos de la Superintendencia de Seguridad Social.

La ley distingue dos tipos de presunción:

  1. Presunción legal: cuando la enfermedad está expresamente incluida en el Decreto Supremo 109, en la lista de enfermedades profesionales que se actualiza periódicamente.
  2. Presunción de origen: cuando existe un cuadro clínico compatible con la actividad laboral y la exposición a un agente de riesgo, conforme a la historia ocupacional del trabajador.

Lista de enfermedades profesionales

El Decreto Supremo 109 contiene un listado amplio de enfermedades profesionales, organizadas por agente de riesgo. Entre las más comunes:

  • Trastornos musculoesqueléticos: tendinitis, síndrome del túnel carpiano, lumbalgias, hernia discal, asociados a movimientos repetitivos, posturas forzadas o esfuerzos físicos.
  • Trastornos auditivos: hipoacusia o sordera, asociados a exposición a ruido.
  • Trastornos respiratorios: asma ocupacional, neumoconiosis, asociada a polvo, gases o vapores.
  • Trastornos dermatológicos: dermatosis ocupacional, asociada a contacto con sustancias químicas.
  • Trastornos psiquiátricos: estrés laboral, burnout, depresión reactiva, asociados a factores psicosociales.
  • Cáncer ocupacional: asociado a exposición a sustancias cancerígenas.

Procedimiento de calificación

El procedimiento se inicia con la denuncia de la enfermedad por parte del trabajador o del empleador al organismo administrador del seguro (mutual, Instituto de Seguridad Laboral o administración delegada). El organismo debe:

  1. Recibir la denuncia y abrir un expediente.
  2. Evaluar la historia ocupacional del trabajador, los factores de riesgo a los que ha estado expuesto, y la patología diagnosticada.
  3. Solicitar los exámenes médicos necesarios para confirmar o descartar la relación de causalidad.
  4. Emitir un pronunciamiento sobre el origen de la enfermedad: profesional, común, o sin determinar.
  5. Si la enfermedad es profesional, derivar al trabajador a las prestaciones del seguro.

El organismo administrador tiene un plazo legal para pronunciarse, que varía según la complejidad. Si la respuesta es desfavorable o se demora, el trabajador puede recurrir a la COMPIN y luego a la Superintendencia de Seguridad Social.

Recursos y acciones del trabajador

El trabajador que no está conforme con la calificación de su enfermedad tiene varias instancias:

  1. Reclamar ante la COMPIN (Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez), que es el organismo técnico que resuelve sobre el origen de la enfermedad.
  2. Reclamar ante la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) si la decisión de la COMPIN es desfavorable.
  3. Demandar ante los tribunales del trabajo si la controversia es sobre la existencia o alcance de las prestaciones.
  4. Ejercitar la acción contra el empleador si la enfermedad es consecuencia de negligencia en las condiciones de trabajo, conforme al artículo 184 del Código del Trabajo.

Derechos del trabajador afectado

Si la enfermedad es calificada como profesional, el trabajador tiene derecho a:

  • Prestaciones médicas completas: atención, hospitalización, medicamentos, rehabilitación.
  • Subsidio por incapacidad temporal si no puede trabajar.
  • Indemnización por incapacidad permanente si la enfermedad deja secuelas.
  • Pensión de invalidez si la incapacidad es igual o superior al 70%, o si cumple los demás requisitos legales.
  • Reubicación laboral: el empleador debe reasignar al trabajador a un puesto compatible con sus limitaciones, conforme al artículo 156 del Código del Trabajo.

Marco legal aplicable

Las normas principales son la Ley 16.744, el Decreto Supremo 109 que contiene el listado de enfermedades profesionales, el Decreto Supremo 101 sobre calificación, y el artículo 184 del Código del Trabajo sobre la responsabilidad del empleador por condiciones inseguras. La jurisprudencia de la Corte Suprema ha establecido criterios importantes sobre la prueba de la relación causal, la presunción de origen, y la indemnización adicional por negligencia.

Cómo se diferencia la enfermedad profesional de la común

La distinción entre enfermedad profesional y común es crítica porque determina el régimen de prestaciones aplicable. Los criterios que la jurisprudencia ha consolidado son:

  • Origen laboral: la enfermedad debe tener su causa directa en el trabajo o en las condiciones en que este se realiza. Si el origen es mixto (laboral y extralaboral), se aplican reglas de proporcionalidad.
  • Exposición a riesgo: debe acreditarse que el trabajador estuvo expuesto al agente de riesgo en niveles suficientes para producir la enfermedad. La historia ocupacional y los registros de exposición son pruebas clave.
  • Cuadro clínico compatible: la patología debe ser de las que la literatura médica y la ley asocian a la exposición laboral. Por ejemplo, la hipoacusia en un trabajador expuesto a ruidoindustrial.
  • Tiempo de exposición: en general, la enfermedad se manifiesta después de un tiempo de exposición al agente. La ley no fija un mínimo, pero la jurisprudencia exige que sea razonable.
  • Descarte de causa no laboral: el organismo administrador debe descartar que la enfermedad tenga un origen distinto al laboral. Si hay dudas, se aplica la presunción a favor del trabajador en casos calificados.

Cuando la calificación es desfavorable, el trabajador puede aportar pruebas adicionales para revertir la decisión. La asesoría legal en este proceso es fundamental, porque los plazos y la oportunidad de la prueba son críticos.

¿Cuándo consultar a un abogado?

Si su enfermedad fue calificada como común pero usted sospecha un origen laboral, o si la empresa no ha implementado las medidas de reubicación, una consulta permite revisar la viabilidad del reclamo y la estrategia procesal. Agendar consulta.

Esta información es de carácter general y no constituye asesoría legal. Conforme al régimen legal aplicable al ejercicio de la abogacía en Chile, los resultados dependen del mérito de cada caso.

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